Número 10. 07-07-2003

>> NUEVOS SERVICIOS DE PORTALEY.COM

Con el proposito de ofrecer a nuestros clientes una gama más completa de servicios, para así poder cubrir todas sus necesidades, Abogados Portaley.com ha puesto en marcha los servicios que a continuación se indican:

Para más información sobre cualquiera de los nuevos servicios pulse sobre el título del que desee visitar.


ENVÍO DE CORREOS FALSOS EN NOMBRE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Al parecer un correo electrónico enviado a varios responsables de ficheros automatizados en los que se les informa de la apertura de un proceso sancionador por el uso incorrecto en Internet de los datos que gestionan, se está enviando en nombre de la APD, la cual declara que son falsos.

Es cierto que los emails llevan como remitente la siguiente dirección: Inspeccion@agenciaportecciondatos.org, y por ello desde la agencia le recuerdan al impostor que la utilización de esta dirección puede suponerle hasta una multa de 60.000 euros.

En el texto del mismo se le indica al responsanble del fichero que "está usando direcciones de correo eletrónico privadas que no están en ninguna de las bases de datos registradas". Cuando si conocen un poco el mecanismo de la APD sabrán que las direcciones de email privadas no quedan registradas.

La APD estudia las acciones legales a emprender contra los autores de este hecho.

Para una mayor información y clarificación también indican que su metodología de trabajo a la hora de realizar una inspección no se realiza a través del email, sino personándose en el lugar físicamente o por correo ordinario en papel oficial, y contando con la autorización debidamente sellada y firmada.

Un procedimiento sancionador precisa de un acuerdo oficial firmado por el director "en el que se especifican las causas de la supuesta infracción cometida y su fundamentación jurídica, dando un plazo suficiente para presentar pruebas y alegaciones".

Habría que destacar también dentro de los posibles engaños, las llamadas recibidas en nombre de trabajadores de la agencia, en las que se pide el número de la cuenta del banco en la que poder pasar los gastos por la inscripción de ficheros, que se trata de un tramite gratuito.


IVA EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO

A partir de hoy, según se ha publicado en los diarios, las operaciones de comercio electrónico estarán gravadas con el IVA.

No obstante, esto no quiere decir que las empresas españolas que operaban en Internet a partir de hoy tengan que cobrar el IVA. Esto lo deberían haber hecho desde un principio, siempre que sus clientes fueran personas de la Unión Europea.

Lo que a partir de hoy a va suceder con el IVA del comercio electrónico es que si una empresa de un país no miembro de la Unión (por ejemplo, una empresa de Nueva Zelanda) vende productos o servicios a personas de la Unión Europea, la empresa deberá cobrarles IVA.

Para ello, la Unión Europea dictó una Directiva, que luego ha sido traspuesta al Ordenamiento español a través de la Ley de Acompañamiento del año pasado y a través de la Orden HAC/1736/2003, de 24 de junio, por la que se desarrolla el régimen especial aplicable a los servicios prestados por vía electrónica, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Esta Orden Ministerial lo que regula es cómo darse de alta en el Régimen Especial de Identificación a efectos de IVA para operaciones de comercio electrónico. En este punto hemos de señalar que las empresas de países no miembros de la Unión Europea que se dediquen al comercio electrónico pueden optar por inscribirse en cualquier estado de la Unión Europea. Obviamente, esto beneficiará a los Estados con los tipos de IVA más bajos (Luxemburgo tiene un tipo impositivo del 15 % y España del 16 %), mientras que perjudicará a los países con tipos de IVA más altos (como Dinamarca o Suecia, con el 25 %).

Otra característica a destacar es que todos los trámites (desde el alta en el régimen, hasta la presentaciones de las solicitudes) se van a realizar a través de Internet.

Entre las ventajas de este sistema se encuentra el que los Estados van a recaudar un dinero que antes no lo venían haciendo, con el perjuicio consiguiente entre las empresa que vendían a través de Internet y las empresas que operaban de forma tradicional.

Entre los inconvenientes, se encuentra el hecho de que empresas no europeas descarten a la Unión Europea como mercado para el comercio electrónico, en perjuicio de otros mercados, como el de Estados Unidos, en el que no están gravadas las operaciones que se realizan a través de Internet.

Gonzalo Gallo Ruiz
Consultor Legal Especialista en Nuevas Tecnologías
Abogados Portaley.com


ESTADOS UNIDOS APROBARÁ DURÍSIMAS MEDIDAS LEGISLATIVAS CONTRA EL SPAM

Un duro proyecto de ley contra el spam, con el fin de poner fin al mismo, ha sido presentado por un Comité del Senado de Estados Unidos.

El Comité de Comercio del Senado de estadounidense ha aprobado este proyecto contra el spam, con el fin de otorgar mayor autoridad a las fuerzas antifraude para acabar con este tipo de tácticas comerciales.

Con la nueva ley se obligará a los comerciantes que actuen en la red a indicar una dirección de remite en los mensajes, describir los productos ofrecidos de forma correcta y eliminar de la lista de envío a todos aquellos remitentes que lo soliciten.

Las penas que podrán imponerse pueden llegar a llevar a los comerciantes que incumplan la ley hasta un año de carcel y multas que ascienden hasta un millón de dólares.

Según comento el senador republicano por Arizona, John Mcain: "Hay que hacer algo para proteger a los consumidores y empresarios americanos contra el spam, y éste es un buen comienzo". Afirmación en la que tiene toda la razón, ya que el spam supone prácticamente la mitad de correo que circula ya por la red.

Fuente: www.hispamp3.com


TERMINA EL LITIGIO SOBRE "SEX.COM" A FAVOR DE SU PRIMER PROPIETARIO

La Corte Suprema de Estados Unidos ha concedido a Gary Kremer, primer registrador del dominio, la potestad sobre el mismo, concluyendo así la batalla por uno de los nombres más lucrativos registrados, "www.sex.com".

Según comento el abogado de Kremen, "El rechazo por parte de la Corte Suprema del recurso de Cohen es significativo porque cierra definitivamente la historia".

Una corte de apelación de San Francisco acordó en septiembre de 2002 que se indemnizara a Kremen por una cantidad de 65 millones de dólares por daños e intereses, ya que se estima que el dominio mueve medio millón de dólares al mes en publicidad.

Al parecer el dominio fue arrebatado a Kremen por Stephen Cohen, que con mil dólares y una carta falsificada dirigida a la Network Solutions (en la actualidad VeriSign), consiguió que transfirieran la propiedad del dominio a su nombre.

Más información: http://www.elmundo.es/navegante/2003/06/13/esociedad/1055504584.html


"BARCELONA.COM", DOMINIO PERDIDO EN UN JUICIO POR EL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

Según publicó el www.elmundo.es, Barcelona podría perder finalmente el dominio 'barcelona.com', ya que una apelación ante el Tribunal de Apelación del Distrito Cuarto de EEUU, ha tenido éxito.

La sentencia sobre la que ha recaido la apelación obligaba a los antiguos propietarios, Joan Nogueras Cobo y Concepció Riera Llena, a que devolvieran el dominio a dicho ayuntamiento.

Concepció registró en el 1996 la marca Barcelona.com, a través de la compañía Network Solutions, para ser explotada por una empresa estadounidense de su propiedad denominada Barcelona.com Inc.

Según Carlos Sánchez Almeida, representa de los demandantes, comenta que la apelación ha tenido éxito porque se trataba de una empresa estadounidense y de ámbito comercial.

El Ayuntamiento de Barcelona afirma que aun no han perdido el dominio, de hecho la página enlaza de momento con la web del ayuntamiento.

Fue ya en el mayo del 2000 cuando el caso se llevo ante la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), que falló en octubre a favor del Ayuntamiento. Más de 1000 marcas registradas en España que incluyen la palabra 'barcelona' hicieron tomar esta decisión a la organización.

Con el resultado de esta apelación, Barcelona puede perder el dominio 'barcelona.com', a menos que interponga en el futuro un recurso ante el Supremo de EEUU, según fuente jurídicas.


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