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AUDITORÍA
DE PROTECCIÓN DE DATOS
Todo fichero automatizado que contenga datos
personales debe tener implantadas las medidas de
seguridad correspondientes al nivel de
sensibilidad de los datos personales que contenga,
tal y como establece el artículo 9 de la
Ley Orgánica 15/99,de 13 de Diciembre, de
Protección de Datos de Carácter
Personal.
Estas medidas de seguridad técnicas y
organizativas están reguladas en el Real
Decreto 1720/2007 de 21 de Diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley
Orgánica 15/1999.
Entre las medidas de seguridad de nivel medio y
alto es necesario hacer mención a una
importante medida de seguridad, y de obligado
cumplimiento: LA AUDITORÍA DE
PROTECCIÓN DE DATOS.
"Los ficheros comprendidos en la presente
sección se someterán, al menos cada
dos años, a una auditoria interna o externa
que verifique el cumplimiento del presente
título"
Por lo tanto, el objeto de la auditoría es
verificar la adaptación de los ficheros
automatizados de datos personales a las
obligaciones impuestas, no sólo por la
LOPD, sino también por el Reglamento de
Medidas de Seguridad y las restantes disposiciones
normativas que resulten de aplicación, en
especial, a las medidas de seguridad y a los
procedimientos llevados a cabo para la recogida y
tratamiento de los datos personales
Abogados Portaley
ofrece entre sus servicios, la
realización de dichas
auditorías avalados por la
experiencia de nuestros profesionales.
Toda Auditoría de Protección de
Datos debe seguir un desarrollo, a través
de distintas fases que a continuación
detallamos:
Primera fase: Identificación de los
datos personales.
En ella se obtiene el mayor volumen de
información posible, necesaria para poder
desarrollar y elaborar la Política de
Seguridad a seguir, así como para
desarrollar el resto de fases de la
auditoría.
En esta fase, nuestro equipo se
desplazaría, en caso de ser necesario para
llevarla a cabo, a su oficinas.
Segunda fase: Nivel y medidas de seguridad
aplicables
Una vez analizada toda la información, se
procede a la determinación del nivel de
medidas de seguridad que debe ser adoptado, en
función del tipo de datos personales
contenidos en los ficheros.
Tercera fase: Entrega del informe de
auditoría
Llegado este momento, se redacta el Informe
General de la Auditoría, en el que se
detallan las medias a adoptar.
Cuarta fase: Ejecución de la
auditoría.
Por último, y como consecuencia
lógica de toda la labor llevada a cabo, se
procede a la puesta en práctica de las
medidas necesarias para la correcta
adecuación a la normativa sobre
protección de datos.
Abogados Portaley son especialistas en la
materia y le pueden asesorar para cumplir con los
requisitos de Protección de Datos.
No dude y consulte con
nosotros en Portaley.com
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