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AUDITORÍA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Principales infracciones perseguidas por la Agencia
de Protección de Datos
El web de la Agencia de Protección de Datos (APD) registró
un total de 1.572.738 visitas en 2001, frente al millón que
recibió en el ejercicio del año anterior, según
se anota en la Memoria de la APD de 2001.
La Agencia de Protección de Datos destaca algunas de las
resoluciones relativas a la actividad de Internet que vulneran principios
de privacidad de las personas:
- Divulgación a través de la Red de imágenes
personales.
- Infracciones por dejar al descubierto en Internet datos personales.
- Transferencia de información confidencial.
- Retención de datos personales, como puede ser las contraseñas
de usuarios.
Un ejemplo de estos tipos de hechos lo realizó un proveedor
de acceso a Internet (ISP) que retuvo datos como contraseñas
de usuarios que permitían el acceso a sus datos personales.
Además realizó la retención de estos datos
durante períodos de cuatro años a pesar que los clientes
afectados se habían dado de bajo de los servicios de los
ISP.
Esta práctica fue sancionada por la Agencia de Protección
de Datos al considerar que faltaba a las garantías de seguridad
respecto a la confidencialidad de los datos.
Otro hecho que fue sancionado por la APD gira en torno a la difusión
de datos relativos a participantes de un concurso organizado por
una compañía automovilística que dejaba al
descubierto datos personales contenidos en ficheros de los concursantes.
Este caso salió a la luz por la denuncia de un concursante
que, tras participar en el citado concurso, comprobó que
sus datos personales estaban colgados en Internet.
La sanción de la APD se fundamentó en que la empresa
incurrió en cesiones y tratamientos de datos no amparados
legalmente. Se pudo comprobar como no existían medidas de
seguridad adecuadas y existía una falta total de regulación
contractual de los accesos a los datos.
Sobre la divulgación de imágenes a través
de la Red, sin tener el previo consentimiento de las personas reflejada
en la fotografía, existe una denuncia presentada por un sindicato
de una empresa editorial que instaló cámaras en la
redacción que recogían imágenes que, cada quince
segundos, se volcaban en la Red.
La imagen se trató como un dato de caracter personal, ya
que suministra información sobre la imagen personal del individuo,
su lugar de trabajo y la actividad que desarrolla, por lo que se
resolvió a favor del denunciante.
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